Baja Laboral
Derechos de las Víctimas de Delitos
Si soy víctima de un delito, ¿puedo dejar de trabajar por un tiempo?

¿Qué pasa si mi patrón emplea a menos de 50 personas?


¿Para qué tipo de diligencias judiciales puedo ausentarme del trabajo?
La Ley de Arizona sobre Licencia para Víctimas de Delitos se aplica a la mayoría de las audiencias civiles y penales.
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Todo proceso penal en que la víctima tenga derecho a estar presente
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Una audiencia sobre la libertad después de la condena, que se lleve a cabo después del juicio
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La primera comparecencia (lectura de cargos) en una causa penal
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Cualquier audiencia en la que se decida si el acusado permanece en la cárcel
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Procedimientos de negociación de un convenio, como una conciliación procesal o cuando el indiciado decide contestar culpable
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Una audiencia de imposición de pena
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Cualquier audiencia relacionada con un incumplimiento de los derechos de la víctima
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Cualquier audiencia que trate del régimen probatorio del acusado
Se aplican los mismos derechos a los casos en el proceso penal de menores. Una causa penal en contra de un menor se conoce como un juicio de delincuencia juvenil.
¿Qué tipo de información tiene la víctima de un delito sobre cuándo se llevarán a cabo los procedimientos judiciales?

Licencia por Enfermedad
¿Qué es la Licencia por Enfermedad?

¿Cuándo puedo utilizar la licencia por enfermedad?
Cuando busquen un diagnóstico o tratamiento para una enfermedad mental o física, lesión o problema de salud
Cuando busquen atención médica preventiva, incluyendo atención dental
Cuando ayuden a un familiar con el diagnóstico o tratamiento de una enfermedad mental o física, lesión o problema de salud, o cuando ayuden a un familiar a buscar atención médica preventiva
Cuando el trabajador o un miembro de su familia se vea afectado de manera directa por una emergencia de salud pública, o
Cuando el trabajador o un miembro de su familia sea víctima de un delito de violencia familiar, violencia sexual, abuso o acecho, éste puede usar su licencia por enfermedad para recibir atención médica, terapia, otros servicios para víctimas, asistencia jurídica, traslado o tomar medidas para proteger su hogar.

¿Mi patrón puede preguntar por qué estoy tomando la licencia por enfermedad?
Si el trabajador necesita utilizar la licencia por enfermedad debido a que éste o un miembro de su familia fueron víctima de la violencia familiar, violencia sexual, abuso o acecho, puede proporcionar al patrón cualquiera de la siguiente documentación, en lugar de un documento de un profesional de la salud:
- Un informe policial
- Una orden de protección u otra prueba del tribunal o del fiscal
- Una declaración firmada de un programa de violencia familiar o sexual o de una organización de servicios para víctimas
- Una declaración firmada de un asesor jurídico de testigos
- Una declaración firmada de un abogado, un miembro del clero o un profesional médico o de otro tipo
- Una declaración firmada del trabajador
¿Qué otras reglas existen sobre la licencia por enfermedad?
Un patrón puede exigir que los trabajadores hagan un esfuerzo de buena fe para dar un aviso previo de la licencia por enfermedad, de ser posible. Un esfuerzo de buena fe significa que el trabajador lo ha intentado al máximo en la medida de sus posibilidades. El empleado puede recurrir a cualquier tipo de comunicación escrita u oral para notificar al patrón.
El trabajador puede tomar la licencia por enfermedad por hora o por periodos menores, si así lo permite la política por escrito del patrón.
Ley de Licencia Familiar y Médica
¿Qué es la Ley de Baja Laboral por Motivos de Familia o de Salud?


Para obtener más información sobre la FMLA, consulte aqui.
¿Puedo tomar la licencia de la FMLA si soy víctima de un delito?

¿Cómo solicito la licencia FMLA?

De no poder informar al patrón con 30 días de anticipación, debe notificárselo tan pronto y práctico como sea posible. El empleador no puede negar la licencia FMLA si se requiere con poca anticipación; sin embargo, sí puede negarla si el trabajador pudiese habérselo informado mucho antes.

El médico puede cobrar por completar este trámite, y usted será responsable de pagar todas aquellas cuotas que no cubra el seguro.
¿Qué puedo hacer si mi empleador infringe la FMLA?
