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La seguridad

Si usted ha sido víctima de un delito, es posible que no se sienta seguro. Esta sección contiene información sobre la protección de su seguridad y la obtención de la ayuda que usted necesita.

¿Necesita asistencia? Tome nuestro cuestionario para tener en claro sus primeros pasos.

Órdenes protectoras

Todo el mundo merece sentir seguridad. En Arizona, una persona que sufre violencia familiar, violencia sexual, o algún otro tipo de acoso, es posible que pueda pedir una orden de protección, que es un documento expedido por un tribunal en el que se ordena al demandado a no tener contacto con la víctima. A la orden de protección se la llama “restricción” (restraining order) en otros tribunales.
La Orden de Protección es un documento jurídico que tiene el propósito de evitar que una persona cometa actos de violencia familiar. Cuando una víctima consigue una Orden de Protección de un juez, dicha orden dice que el demandado tiene que estar y seguir alejado de la víctima. Al demandado se le prohíbe contactar a la víctima ni a otras personas cuyos nombres aparezcan en la orden, como los hijos de la víctima, por ejemplo.  La Orden de Protección también puede exigir que el demandado saque del hogar las armas que tenga y darle el uso exclusivo del hogar a la parte demandante.

Para cualificar para una Orden de Protección, la situación interpersonal entre la parte demandante y la parte demandada tiene que ajustarse a los criterios de violencia familiar.

La legislación de Arizona sobre el tema de las Órdenes de Protección se encuentra en el Título 13.
La Orden Urgente de Protección es la que se otorga cuando los tribunales están cerrados y se expide para la protección de una persona que se encuentra en “peligro inminente y presente” de violencia familiar. La puede autorizar un juzgador por escrito, de palabra, o por teléfono. Salvo que el Tribunal decida que continúe la Orden (es decir, que siga en vigor) la Orden Urgente de Protección tiene una validez de 7 días.

Las leyes de Arizona sobre las Órdenes Urgentes de Protección se pueden encontrar en el TÍtulo 13.

OJO: El trámite de solicitud de la Orden Urgente de Protección es diferente del de otras órdenes protectoras. Siga leyendo para más información.
La Orden Judicial contra el Acoso es un documento jurídico que ordena a una persona a dejar de acosar, molestar o alarmar a otra persona.  El acoso se define como “una serie de actos durante el tiempo que sea, dirigidos a una persona en concreto..." o "uno o más actos de violencia sexual". Para cualificar para la Orden Judicial contra el acoso tiene que haber ocurrido un acto de violencia sexual o más de un acto de acoso.

Para la Orden Judicial contra el Acoso, es posible que la parte demandante tenga que contratar a un notificador para entregar la petición y la orden a la parte demandada.  En el caso de una Orden Judicial contra el Acoso debido a violencia sexual, la notificación de la petición puede efectuarse sin costo.

Las leyes de Arizona sobre las Órdenes Judiciales contra el Acoso se pueden encontrar en el TÍtulo 12.
La Orden Judicial contra el Acoso en el Lugar de Trabajo (Injunction Against Workplace Harassment, IAWH, por su sigla en inglés) permite a los patrones que pidan una orden protectora en nombre de todos los trabajadores en el lugar de trabajo, de quienes entren en las instalaciones del patrón y de quienes estén desempeñando sus labores oficiales de trabajo.  Esto significa que muchas personas pueden recibir la protección de la orden.

A efectos de la Orden Judicial contra el Acoso en el Lugar de Trabajo, el acoso se define como “una sola amenaza o acto de daño físico o una serie de actos durante un periodo de tiempo, que causarían que una persona razonable se sintiera muy alarmada o molesta”.  

La legislación de Arizona sobre las Órdenes Judiciales contra el Acoso en el Lugar de Trabajo se encuentra en el TÍtulo 12.

¿Cómo consigo una orden de protección?

El primer paso es pedir una orden de protección. La solicitud de una orden protectora ya sea de protección, contra el acoso o contra el acoso en el lugar del trabajo, se hace siempre en línea. Por medio de la Herramienta de Iniciación y Notificación de una Orden Protectora, que se llama AZPoint (Arizona Protective Order Initiation and Notification Tool). Aunque usted se presentara al juzgado a presentar la petición en persona, usaría AZPoint, pero allí puede haber personal designado por los jueces para ayudar a presentar la solicitud de AZPoint y contestar las preguntas que usted tenga.

La solicitud de una Orden Urgente de Protección no se tramita en línea. Más adelante hay más información.
OJO: Es necesario tener una dirección de correo electrónico para crear una cuenta an AZPoint. Para información de cómo crear una cuenta de correo electrónico, visita AZPOINT. Para información de cómo proteger su correo electrónico para que esté seguro y privado, visita Safety Net Project.

¿Cómo pido una orden protectora por medio de AZPoint?

1
Vaya al portal de AZPoint y cree una cuenta. Conviene revisar la información que el portal en línea tiene sobre las órdenes protectoras antes de crear una cuenta. OJO: Hace falta una dirección de correo electrónico para crear una cuenta de AZPoint.
2
Dé la información que se le pida.
3
Se expedirá un número de confirmación. Con esto se habrá completado el proceso en línea de AZPoint. Para programar la audiencia hay que presentarse en el juzgado en persona.
4
Lleve el número de confirmación al juzgado, donde se puede programar la audiencia.

Para las respuestas a las preguntas más frecuentes sobre AZPoint, favor de hacer clic aquí.

¿Cómo pido una Orden Urgente de Protección?

La orden de protección urgente solamente se expide cuando el juzgado está cerrado. El trámite lo manejan las autoridades policiales. Las personas que se encuentren en peligro inmediato deben marcar el 911. Si la situación urge, pero no llega a ser una emergencia, puede usted llamar a la línea de no-emergencia de sus autoridades policiales locales. Enviarán a un oficial de la policía a que tome conocimiento de la situación y si corresponde hacerlo, el oficial se comunicará con un juzgador de guardia para pedir la Orden Urgente de Protección.

Para más información sobre las Órdenes Urgentes de Protección, haga clic aquí.
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